¿Es Ilegal?
-
Si he entendido bien, quereis quedaros solo con una de las ADSL y compartirla entre los dos??? Si es asi no veo donde puede estar el problema, yo tengo ADSL, la pago mensualmente; lo que haga con ella es cosa mia. Si quiero repartirla con todos los vecinos de mi bloque es mi problema, telefonica no me puede decir nada.
yo me leeria el contrato que aceptaste o firmaste al darte de alta antes de afirmar eso.
-
En realidad si que es ilegal…. Pero como tantas otras cosas, nadie te va a ir a decir nada.
Ley Orgánica - artículo 286 del Código Penal:
"1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses el que, sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales, facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva, a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica, o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente, mediante:
1.o La fabricación, importación, distribución, puesta a disposición por vía electrónica, venta, alquiler, o posesión de cualquier equipo o programa informático, no autorizado en otro Estado miembro de la Unión Europea, diseñado o adaptado para hacer posible dicho acceso.
2.o La instalación, mantenimiento o sustitución de los equipos o programas informáticos mencionados en el párrafo 1.o
2. Con idéntica pena será castigado quien, con ánimo de lucro, altere o duplique el número identificativo de equipos de telecomunicaciones, o comercialice equipos que hayan sufrido alteración fraudulenta.
3. A quien, sin ánimo de lucro, facilite a terceros el acceso descrito en el apartado 1, o por medio de una comunicación pública, comercial o no, suministre información a una pluralidad de personas sobre el modo de conseguir el acceso no autorizado a un servicio o el uso de un dispositivo o programa, de los expresados en ese mismo apartado 1, incitando a lograrlos, se le impondrá la pena de multa en él prevista.
4. A quien utilice los equipos o programas que permitan el acceso no autorizado a servicios de acceso condicional o equipos de telecomunicación, se le impondrá la pena prevista en el artículo 255 de este Código con independencia de la cuantía de la defraudación."Es decir, que desde la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, 1 de Octubre de 2004, compartir tu conexión de internet con el vecino está tipificado como delito, y no como un simple incumplimiento de contrato con tu ISP (que es lo que debiera ser).
Por si la quieres leer entera: http://www.derecho.com/xml/disposiciones/trini/disposicion.xml?id_disposicion=67634
-
En realidad si que es ilegal…. Pero como tantas otras cosas, nadie te va a ir a decir nada.
Ley Orgánica - artículo 286 del Código Penal:
"1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses el que, sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales, facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva, a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica, o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente, mediante:
1.o La fabricación, importación, distribución, puesta a disposición por vía electrónica, venta, alquiler, o posesión de cualquier equipo o programa informático, no autorizado en otro Estado miembro de la Unión Europea, diseñado o adaptado para hacer posible dicho acceso.
2.o La instalación, mantenimiento o sustitución de los equipos o programas informáticos mencionados en el párrafo 1.o
2. Con idéntica pena será castigado quien, con ánimo de lucro, altere o duplique el número identificativo de equipos de telecomunicaciones, o comercialice equipos que hayan sufrido alteración fraudulenta.
3. A quien, sin ánimo de lucro, facilite a terceros el acceso descrito en el apartado 1, o por medio de una comunicación pública, comercial o no, suministre información a una pluralidad de personas sobre el modo de conseguir el acceso no autorizado a un servicio o el uso de un dispositivo o programa, de los expresados en ese mismo apartado 1, incitando a lograrlos, se le impondrá la pena de multa en él prevista.
4. A quien utilice los equipos o programas que permitan el acceso no autorizado a servicios de acceso condicional o equipos de telecomunicación, se le impondrá la pena prevista en el artículo 255 de este Código con independencia de la cuantía de la defraudación."Es decir, que desde la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, 1 de Octubre de 2004, compartir tu conexión de internet con el vecino está tipificado como delito, y no como un simple incumplimiento de contrato con tu ISP (que es lo que debiera ser).
Por si la quieres leer entera: http://www.derecho.com/xml/disposiciones/trini/disposicion.xml?id_disposicion=67634
Pues resulta que no sería ilegal.
-
Según lo que he leido según como lo plantees:
- Si compartes la linea con tu vecino y haces un contrato para sacar beneficio (aunque sean 2 euros) es ilegal.
- Si le dejas a tu vecino parte de conexion sin cobrarle nada es totalmente legal.
En la practica ¿si no haces contrato como van a demostrar que le estás cobrando por la conexion?
Otra opcion mucho mejor y totalmente legal:
- Este año compartes tu conexion con yu vecino de forma gratuita y el año que viene que se de el de alta y comparta su linea de forma gratuita tb.
Si te das cuenta todas las redes libres son eso, LIBRES, por eso son legales si cobrasen algo serían ilegales.
-
En realidad si que es ilegal…. Pero como tantas otras cosas, nadie te va a ir a decir nada.
Ley Orgánica - artículo 286 del Código Penal:
"1. Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a 24 meses el que, sin consentimiento del prestador de servicios y con fines comerciales, facilite el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva, a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica, o suministre el acceso condicional a los mismos, considerado como servicio independiente, mediante:
1.o La fabricación, importación, distribución, puesta a disposición por vía electrónica, venta, alquiler, o posesión de cualquier equipo o programa informático, no autorizado en otro Estado miembro de la Unión Europea, diseñado o adaptado para hacer posible dicho acceso.
2.o La instalación, mantenimiento o sustitución de los equipos o programas informáticos mencionados en el párrafo 1.o
2. Con idéntica pena será castigado quien, con ánimo de lucro, altere o duplique el número identificativo de equipos de telecomunicaciones, o comercialice equipos que hayan sufrido alteración fraudulenta.
3. A quien, sin ánimo de lucro, facilite a terceros el acceso descrito en el apartado 1, o por medio de una comunicación pública, comercial o no, suministre información a una pluralidad de personas sobre el modo de conseguir el acceso no autorizado a un servicio o el uso de un dispositivo o programa, de los expresados en ese mismo apartado 1, incitando a lograrlos, se le impondrá la pena de multa en él prevista.
4. A quien utilice los equipos o programas que permitan el acceso no autorizado a servicios de acceso condicional o equipos de telecomunicación, se le impondrá la pena prevista en el artículo 255 de este Código con independencia de la cuantía de la defraudación."Es decir, que desde la entrada en vigor de esta Ley Orgánica, 1 de Octubre de 2004, compartir tu conexión de internet con el vecino está tipificado como delito, y no como un simple incumplimiento de contrato con tu ISP (que es lo que debiera ser).
Por si la quieres leer entera: http://www.derecho.com/xml/disposiciones/trini/disposicion.xml?id_disposicion=67634
Leer el apartado 3. Pone bien claro "SIN ANIMO DE LUCRO". Cuando firmas el contrato del ADSL, pone claramente que no se puede revender. Segun este articulo, tampoco puedes prestar el ancho de banda…
En AlcalaWireless (la red wifi de alcala de henares) dejaron de dar acceso a Internet desde la red wifi. Seguian ofreciendo servicios como juegos, jabber, etc, pero no daban salida a internet por ese tema...
-
Pues la ADSL esta puesta a mi nombre y se conectan 4 ordenadores mediante un router. No se donde esta el problema; es como si me compro un coche y se lo dejo a un amigo.
Yo creo que el problema esta en eso de "fines comerciales". Si la linea la pagan dos personas a partes iguales y con total consentimiento de ambas partes no debe de haber ningun problema. -
¡Esta publicación está eliminada! -
En AlcalaWireless (la red wifi de alcala de henares) dejaron de dar acceso a Internet desde la red wifi. Seguian ofreciendo servicios como juegos, jabber, etc, pero no daban salida a internet por ese tema…
Eso ha pasado ya en muchos pueblos en este pais, que intentan ofrecer una conexion a lugares donde no llega la banda ancha. La razon: la CMT, que considera que hacer esto haria perder demasiado dinero a las teleoperadoras, pero que yo sepa no existe ninguna ley que impida regalar ancho de banda.
-
Cobito, lee mejor su mensaje, dice "Hemos pensado" es decir es una decision de los 2
-
Cobito, lee mejor su mensaje, dice "Hemos pensado" es decir es una decision de los 2
Es cierto. De todas formas ya he borrado mi mensaje, porque no me parecia apropiado en absoluto.
Perdon por el lapsus.
-
creo que aqui la pregunta no es si es legal o ilegal, la pregunta correcta seria ¿quien coño se iba a enterar?
-
Pues la ADSL esta puesta a mi nombre y se conectan 4 ordenadores mediante un router. No se donde esta el problema; es como si me compro un coche y se lo dejo a un amigo.
QUOTE]
Eso tambien, tendria que llevar tu amigo un papel de que tu se lo prestas, tube problemas con un municipal rebotado que decia que el coche MIO no podia estar a nombre de mi cuñado(El seguro yo de tomador) a lo que conteste - Y el coche patrulla que tu llevas esta a tu nombre? y me multo por bocas ;DY a lo de internet si se pasan por aqui que tengo la red wifi para mi, el portatil, el pc de mi hermana, mi colegavecino de dos calles mas para arriba y mi cuñado que esta a 600m de mi casa ufff que paquete mas grande me iba a caer, y como habran el cajon de las pelis ya ni te cuento
saludos
-
Y a lo de internet si se pasan por aqui que tengo la red wifi para mi, el portatil, el pc de mi hermana, mi colegavecino de dos calles mas para arriba y mi cuñado que esta a 600m de mi casa ufff que paquete mas grande me iba a caer, y como habran el cajon de las pelis ya ni te cuento
En cualquier caso podrías decir que tu no sabes nada:
- ¿Encriptacion? ¿WPA? ¿que me estan quitando internet? ¿Y eso se puede robar? ¿me han cogido las fotos de mi viaje a Puente Genil? jejejej
-Yo a este no lo conozco de nada agente (esto se dice mirando a tu cuñao), jejejejeej
Tu no tienes la culpa si la gente te piratea y tu no lo sabes :risitas:
-
En cualquier caso podrías decir que tu no sabes nada:
- ¿Encriptacion? ¿WPA? ¿que me estan quitando internet? ¿Y eso se puede robar? ¿me han cogido las fotos de mi viaje a Puente Genil? jejejej
-Yo a este no lo conozco de nada agente (esto se dice mirando a tu cuñao), jejejejeej
Tu no tienes la culpa si la gente te piratea y tu no lo sabes :risitas:
te equivocas, el desconocimiento de una ley no te excluye de su cumplimiento, asi de claro y si no me crees, preguntaselo a cualquier abogado
-
Y a lo de internet si se pasan por aqui que tengo la red wifi para mi, el portatil, el pc de mi hermana, mi colegavecino de dos calles mas para arriba y mi cuñado que esta a 600m de mi casa ufff que paquete mas grande me iba a caer, y como habran el cajon de las pelis ya ni te cuento
saludos
Las pelis las vendes? A tu vecino y a tu cuñado les cobras? no? pues no es delito!
-
te equivocas, el desconocimiento de una ley no te excluye de su cumplimiento, asi de claro y si no me crees, preguntaselo a cualquier abogado
Eso que dices es cierto, pero lo que pasa es que lo que se desconoce no es la ley, sino el potencial de una red wifi. Que yo sepa cuando un teleoperador te manda tu router wifi sin ningun tipo de proteccion contra intrusos estos no te mandan un papelico diciendo "como alguien te pille el internet del router wifi completamente desprotegido que te hemos mandado y nos enteremos se te cae el pelo".
Como he dicho antes el hecho de que no se pueda regalar ancho de banda no es cuestion de ningun contrato ni de ninguna ley sino del organismo regulador que controla todo el cotarro. Es decir, que si mañana desaparece la CMT uno podria regalar ancho de banda ya que los terminos del contrato no lo impide.
Lo que quiero decir con esto es que la CMT esta para regular estos casos pero a lo grande, es decir, de los ayuntamientos que dan internet gratis a sus conciudadanos, por lo que si un vecino decide compartir su conexion con otra persona no le va a pasar nada.
-
Eso que dices es cierto, pero lo que pasa es que lo que se desconoce no es la ley, sino el potencial de una red wifi. Que yo sepa cuando un teleoperador te manda tu router wifi sin ningun tipo de proteccion contra intrusos estos no te mandan un papelico diciendo "como alguien te pille el internet del router wifi completamente desprotegido que te hemos mandado y nos enteremos se te cae el pelo".
Como he dicho antes el hecho de que no se pueda regalar ancho de banda no es cuestion de ningun contrato ni de ninguna ley sino del organismo regulador que controla todo el cotarro. Es decir, que si mañana desaparece la CMT uno podria regalar ancho de banda ya que los terminos del contrato no lo impide.
Lo que quiero decir con esto es que la CMT esta para regular estos casos pero a lo grande, es decir, de los ayuntamientos que dan internet gratis a sus conciudadanos, por lo que si un vecino decide compartir su conexion con otra persona no le va a pasar nada.
Efectivamente si te roban el coche y lo utilizan para un robo ¿te inculparían a ti? Tu pones el router, si la gente se cuela :rolleyes: pues no es culpa tuya.
Además cualquiera puede pillarte la red wifi incluso con contraseña y utilizarla, a ver si vas a tener tu la culpa de que las cosas tengan agujeros de seguridad -
yo no cobro nada si la red la pusimos para lo mismo pero encriptacion wep o wap no se son 26 letras la clave
saludos -
Las pelis las vendes? A tu vecino y a tu cuñado les cobras? no? pues no es delito!
Tilt, por el momento la legislacion es distinta para los 2 casos que has puesto. En uno hay un vacio legal (el caso de compartir ficheros sin animo de lucro) y en el otro hay un articulo muy claro al respecto (el de revender o prestar ancho de banda, con o sin animo de lucro)
Asi que siento decirte que tecnicamente si que es delito.
-
A mí el derecho a la Copia Privada no me parece ningún vacío legal.
Y si lees el artículo 3 que pusiste:"3. A quien, sin ánimo de lucro, facilite a terceros el acceso descrito en el apartado 1, o por medio de una comunicación pública, comercial o no, suministre información a una pluralidad de personas sobre el modo de conseguir el acceso no autorizado a un servicio o el uso de un dispositivo o programa, de los expresados en ese mismo apartado 1, incitando a lograrlos, se le impondrá la pena de multa en él prevista."
Parece que es ilegal, pero si la ley se aplicara así yo ahora mismo no podria estar escribiendo esto, ya que un tercero me está "facilitando el acceso inteligible a un servicio de radiodifusión sonora o televisiva, a servicios interactivos prestados a distancia por vía electrónica"
O es que mi madre es un "segundo"?
Y los cibers, que?
Si lo de antes fuera cierto todos los cibers estarían PERDIDOS ya que encima lo hacen con animo de lucro!Por cierto, ya que estamos, que algo sea ilegal no quiere decir que sea delito.