copy/paste:
"El 1 de septiembre de 2003 entró en vigor un acuerdo firmado por ASIMELEC (Asociación Multisectorial de Empresas Españolas de Electrónica y Comunicaciones) y las entidades de gestión de derechos de autor (SGAE, CEDRO, AISGE, AIE, EGEDA y DAMA) por el que fijaban la imposición de un canon a todos los soportes digitales vírgenes. La justificación que hacen estas entidades del canon, como remuneración para resarcir la pérdida de ingresos de los autores, es que la mayoría de los cds se utilizan para copiar canciones y se acogen al artículo 25 del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece que la reproducción realizada exclusivamente para uso privado de obras divulgadas en forma de libros ,así como de fonogramas, videogramas o de otros soportes sonoros, visuales o audiovisuales, originará una remuneración equitativa y única dirigida a compensar los derechos de propiedad intelectual.
Es una tasa indiscriminada, pues ha de pagarla tanto el que quiera hacer una copia privada de una obra musical o videográfica, como el que quiera tener archivadas sus fotos personales o el que quiera hacer una copia de seguridad de los documentos que guarda en el ordenador de su lugar de trabajo."
Por fín alguno de estos capullos de políticos lo dice en voz alta.
Veremos en qué queda esto, pero yo no me fío mucho. Ojalá me equivoque…..
Salu2